Qué es el REPSE y quién está obligado a registrarse
Actualizado el 12 de octubre de 2026
El REPSE es el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas que lleva la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Están obligadas a tenerlo las personas físicas y morales que proporcionan servicios especializados u obras especializadas a otra empresa. Se tramita en repse.stps.gob.mx con e.firma y se renueva cada tres años.
Quién está obligado
La Ley Federal del Trabajo lo dice en sus artículos 13 y 15. El registro es para:
- Personas físicas o morales que proporcionan servicios especializados.
- Personas físicas o morales que ejecutan obras especializadas.
- Empresas que prestan servicios u obras complementarias o compartidas entre empresas de un mismo grupo.
El requisito de fondo es que la persona o empresa preste ese servicio en favor de otra. Si eres dueño de un negocio, tienes trabajadores y ellos trabajan solo para ti, no estás en este supuesto.
Qué pide la Secretaría
El trámite tiene la homoclave STPS-086-002 y se presenta con e.firma en la plataforma repse.stps.gob.mx, con un formulario en línea. Los documentos adicionales dependen del tamaño del negocio:
Hasta diez personas trabajadoras.
- Persona física: constancia de inscripción en el RFC.
- Persona moral: acta constitutiva y objeto social vigente.
Más de diez personas trabajadoras.
- Identificación oficial vigente de la persona física o del representante legal.
- Poder notarial.
- Comprobante de nómina.
- Registro o registros patronales ante el IMSS.
- Cédula de determinación de cuotas del SUA (Sistema Único de Autodeterminación).
- Constancia de inscripción en el RFC, si es persona física; acta constitutiva con el objeto social vigente, si es persona moral.
Además hay que acreditar estar al corriente de las obligaciones fiscales y de seguridad social, y describir la actividad especializada que vas a registrar. La Secretaría tiene veinte días para resolver.
Cuánto tarda
La Secretaría tiene veinte días posteriores a la recepción de la solicitud para pronunciarse. Si no lo hace, el solicitante puede requerirla y, si pasado ese plazo sigue sin resolución, el registro se tiene por efectuado para los efectos legales.
Cada cuándo se renueva
El registro se renueva cada tres años. La renovación se presenta dentro de la ventana que la Secretaría abre antes del vencimiento.
Un registro vencido es un problema para ti y para tu cliente: sin registro vigente, la relación de subcontratación no cumple y el cliente entra en riesgo de responsabilidad solidaria.
La parte del cliente
Quien subcontrata con una empresa que incumple las obligaciones con sus trabajadores responde de manera solidaria. Por eso los clientes piden la constancia del REPSE, la opinión de cumplimiento y el detalle del registro antes de firmar.
El padrón es público. Cualquiera puede consultar si una empresa está registrada y si tiene el registro cancelado.
Obligaciones una vez registrado
- Avisar a la Secretaría los cambios en tu información.
- Renovar a tiempo.
- Presentar la información que solicite la autoridad.
- Cumplir con las obligaciones de seguridad social de tus trabajadores.
Antes de registrar el REPSE conviene tener el registro patronal del IMSS y la opinión de cumplimiento del SAT al día: son requisitos del trámite.
Cómo se consulta el padrón
El padrón de prestadores es público. Cualquiera puede buscar una empresa por su razón social y ver:
- Si está registrada.
- La actividad registrada.
- La vigencia del registro.
- Si su registro está cancelado.
Cuando un cliente va a subcontratarte, lo primero que revisa es eso. Y si vas a subcontratar, revisa el padrón antes de firmar: contratar con alguien que no está registrado te pone en riesgo de responsabilidad solidaria.
La responsabilidad que nadie quiere
La ley dice que quien subcontrata servicios especializados con una contratista que incumple sus obligaciones con los trabajadores responde de forma solidaria. Traducción: si tu proveedor no paga IMSS, el Instituto puede cobrarte a ti.
Por eso los clientes piden tres cosas antes de firmar:
- La constancia del REPSE vigente.
- La opinión de cumplimiento del IMSS.
- La opinión de cumplimiento del SAT.
Y por eso también, si vas a subcontratar, conviene tener la evidencia de que revisaste a tu proveedor y que siguió cumpliendo durante el contrato.
Qué no es subcontratación
No toda la contratación de un servicio es subcontratación de personal. La figura aplica cuando alguien pone trabajadores para que presten servicios o ejecuten obras especializadas en favor de otra empresa. Contratar a un proveedor para que haga un trabajo con sus propios medios y equipo es distinto, y también hay supuestos de servicios complementarios o compartidos.
Si tienes duda de en cuál estás, es tema de abogado laboral, no de intuición.
Una renovación que se olvida
El registro dura tres años. La renovación se presenta dentro de la ventana que abre la Secretaría antes del vencimiento. Un registro vencido equivale, en la práctica, a no tener registro, y deja a tus clientes en el supuesto de responsabilidad solidaria.
Fuentes
- Artículos 13 y 15 de la Ley Federal del Trabajo
- Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para trámites de la STPS, DOF del 9 de junio de 2026
- Acuerdo con las disposiciones generales del registro ante el REPSE, DOF del 24 de mayo de 2021
- Guía oficial para cumplir con las obligaciones del REPSE, STPS
- Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas, STPS
Esta guía es informativa. Para tu caso concreto, consulta a un contador o abogado.
Preguntas frecuentes
¿Quién está obligado a registrarse en el REPSE?
Quien proporciona servicios especializados u obras especializadas a otra empresa. También las empresas que prestan servicios complementarios o compartidos dentro de un mismo grupo empresarial.
¿Cada cuánto se renueva el REPSE?
Cada tres años. La solicitud de renovación se presenta en la ventana que abre la STPS antes del vencimiento.
¿Qué necesito para el registro?
e.firma vigente, estar al corriente con tus obligaciones fiscales y de seguridad social, y acreditar la especialidad de los servicios que prestas.
¿Un patrón que solo tiene trabajadores para su propio negocio necesita REPSE?
No, si no subcontrata servicios especializados a otra empresa. El REPSE es para quien presta esos servicios a un tercero.
¿Qué pasa si no tramito el REPSE?
Puedes tener multas y tu cliente puede tener problemas, porque él es responsable solidario. Además, la STPS puede negar o cancelar el registro de quien no cumple.
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