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Lista negra del SAT: qué es, qué pasa y cómo se sale

Actualizado el 12 de octubre de 2026

La lista negra del SAT es el nombre común de los listados del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. Ahí aparecen las empresas y las personas que el SAT presume que facturan operaciones simuladas, más las que no pudieron comprobar las operaciones que ampararon sus facturas.

Los dos listados

El artículo 69-B tiene varias etapas:

  • El listado de contribuyentes que el SAT presume que emitieron comprobantes sin operación real. En esta etapa la autoridad publica la presunción y abre un plazo para que el contribuyente la desvirtúe.
  • El listado definitivo, con quienes no lograron desvirtuarla o no respondieron.

También existe el listado de quienes se beneficiaron de esos comprobantes y no acreditaron la materialidad de las operaciones. Ese es el que más sustos reparte entre empresas que compraron facturas de buena fe.

Qué es una operación sin materialidad

El SAT revisa si la operación existió de verdad. No basta con tener el CFDI timbrado y el pago. Se pregunta si hubo personal para prestar el servicio, si existía la mercancía, si el proveedor tenía medios para hacer el trabajo y si todo eso está en documentos.

Cuando no hay elementos, el gasto se considera no deducible.

Qué pasa si apareces

  • Tus clientes empiezan a preguntar, porque el listado es público.
  • Los CFDI que emitiste entran en revisión.
  • Los gastos de quienes te contrataron se vuelven vulnerables.
  • Puedes tener créditos fiscales, multas y hasta consecuencias penales en los casos más graves.

Qué pasa si un proveedor tuyo aparece

El SAT puede rechazarte la deducción y el acreditamiento del IVA de esas operaciones. Para defenderte tienes que demostrar la materialidad: que la mercancía o el servicio existió, que se entregó y que se pagó.

Reúne contrato, entregables, evidencia de entrega, comprobantes de pago, correos, minutas y las declaraciones del proveedor. Guarda todo desde el día uno.

Cómo revisar a un proveedor antes de contratar

  1. Consulta el listado del artículo 69-B en el portal del SAT.
  2. Revisa que su opinión de cumplimiento esté positiva.
  3. Pide su constancia de situación fiscal y compárala con los datos de la factura.
  4. Verifica que el servicio o la mercancía se entregue de verdad.
  5. Paga por medios rastreables. Desde luego, no pagues en efectivo operaciones grandes.

Cómo se sale

Cada procedimiento tiene su camino, pero los elementos comunes son:

  • Comprobar la realidad de las operaciones con documentos.
  • Atender los requerimientos dentro de los plazos, sin dejar correr los términos.
  • Corregir la situación fiscal si el error es propio.

La vía de la ley también permite impugnar la presunción. Es un tema donde conviene ir con un abogado fiscal desde el primer requerimiento.

La lista es pública. Antes de contratar, revisa también la opinión de cumplimiento del SAT de tu proveedor.

Qué revisa el SAT en cada operación

Cuando el SAT revisa un gasto, no se conforma con el CFDI. Busca indicios de que la operación existió:

  • Que el proveedor tuviera personal y medios para prestar el servicio.
  • Que existieran los bienes o la materia prima.
  • Que el pago tenga soporte: transferencias, cheques, recibos.
  • Que el producto o servicio se haya usado en la operación.
  • Que la cadena complete tenga sentido.

Con esos elementos, el gasto es defendible. Sin ellos, el SAT puede rechazarlo y cobrarte el impuesto omitido, con actualización y recargos.

Cómo se organiza la evidencia

No basta con “tengo todo en el correo”. Arma una carpeta por operación:

  1. Contrato o pedido.
  2. Factura y acuse de timbrado.
  3. Comprobante de pago.
  4. Evidencia de la entrega: nota de remisión, reporte, minuta o fotografías.
  5. Comunicación: correos, mensajes donde se acordó el trabajo.

Con eso, ante un requerimiento, respondes y no rehaces la historia.

Qué hacer si el requerimiento es para ti

  • No ignores los plazos. Los requerimientos del SAT tienen término y el silencio se lee como aceptación.
  • Reúne la evidencia antes de contestar. No respondas de memoria.
  • Distingue entre un requerimiento de información y una presunción. La presunción abre una etapa formal con derecho a desvirtuar.
  • Busca asesoría. Los errores en esta etapa se pagan caros.

Fuentes

Esta guía es informativa. Para tu caso concreto, consulta a un contador o abogado.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa estar en la lista negra del SAT?

Que el SAT presume que una empresa no tiene operaciones reales o que las personas que le facturaron no pudieron comprobarlas.

¿Qué pasa con las facturas de un proveedor de la lista?

El SAT las revisa. Si no demuestras que el servicio o la mercancía existió, el gasto se rechaza y te cobran el impuesto.

¿Cuánto tiempo aparece una empresa en el listado?

Depende de la etapa. Los listados son públicos y cambian conforme avanza el procedimiento.

¿Cómo compruebo que un proveedor no está en la lista?

Consulta el listado del artículo 69-B en el portal del SAT antes de contratar y guarda la evidencia.

¿Qué hago si me aparece una operación con un proveedor de la lista?

Reúne la evidencia de la operación: contratos, pagos, entregas, comprobantes y correos. La carga de la prueba es tuya.

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