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Complemento de pago: qué es, cuándo se emite y qué lleva

Actualizado el 12 de octubre de 2026

El complemento de pago es un CFDI que se emite después de la factura, cuando el cliente paga una operación a crédito. Sirve para amparar el dinero que efectivamente recibiste. Sin él, esa factura queda como no pagada ante el SAT.

Cuándo se necesita

Se necesita siempre que la factura original se haya emitido con el método de pago “pago en parcialidades o diferido” (PPD). Es el caso de las ventas a crédito, a plazos o con anticipos que se cobran después.

Si la factura se emitió como pago en una sola exhibición (PUE), no lleva complemento: el pago ya se dio por hecho al emitirla.

Cómo funciona el flujo

  1. Vendes y emites la factura con método de pago PPD y forma de pago “por definir”.
  2. Tu cliente te paga, completo o en partes.
  3. Emites un CFDI de tipo Pago con el complemento, por el monto recibido.
  4. Repites el paso 3 por cada pago hasta cubrir el total.

Un solo pago puede cubrir varias facturas y una factura puede cubrirse con varios pagos. El complemento permite relacionar todo eso.

Qué datos lleva

  • La fecha y la forma en que te pagaron. Efectivo, transferencia, cheque o cualquier otra del catálogo del SAT.
  • El monto del pago.
  • Los datos de la operación: la factura original, su moneda y su tipo de cambio si aplica.
  • Los impuestos trasladados y retenidos que correspondan a la parte pagada.
  • El saldo pendiente de la factura.

Plazos

El complemento se emite a más tardar el quinto día natural del mes inmediato siguiente al que corresponda el pago o los pagos recibidos, según la regla 2.7.1.32 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026. No lo dejes para el final: si se te juntan varios pagos del mismo mes, se emiten uno por uno.

Cuánto IVA se desglosa

El IVA del complemento es el que corresponde al pago recibido, no al total de la factura. Si la factura original fue de 11,600 con IVA de 1,600 y tu cliente paga la mitad, el complemento lleva 5,000 de base y 800 de IVA. Para mover esos números, la calculadora de IVA sirve igual.

Errores comunes

  • Emitir el complemento por el total de la factura cuando el pago fue parcial.
  • No emitirlo porque “el pago fue pequeño”.
  • Poner una forma de pago distinta a la que de verdad recibiste, por ejemplo transferencia cuando fue efectivo.
  • Cancelar la factura original después de haber emitido complementos. Primero se cancelan los complementos.

Qué pasa con el IVA y las retenciones

El complemento desglosa el IVA que corresponde al pago recibido. Si la factura llevaba retenciones, también se reflejan en la parte proporcional.

Un ejemplo. Vendiste 11,600 pesos con IVA. Tu cliente paga 5,800. El complemento lleva:

  • Base del pago: 5,000 pesos.
  • IVA trasladado: 800 pesos.
  • Total del pago: 5,800 pesos.
  • Saldo pendiente: 5,800 pesos.

Si el pago cubre varias facturas, el complemento las relaciona una por una con su monto. Así el SAT puede cuadrar qué se pagó.

Un documento por cada pago o uno por el mes

Puedes emitir un complemento por cada pago recibido o uno solo por todos los pagos del mes, siempre que correspondan al mismo receptor. Lo que sí pide la regla es que el monto y la forma de pago de cada abono estén bien reflejados.

Si te equivocaste, el complemento se cancela y se emite de nuevo. No se sobrescribe.

Cómo revisarlo antes de enviarlo

  • Que el monto coincida con el depósito o el efectivo recibido.
  • Que la forma de pago sea la real.
  • Que la factura relacionada sea la correcta y esté vigente.
  • Que el saldo pendiente sea el que queda, no el original.

Ese último punto es el que más errores causa.

Si no lo emites

Tu cliente no puede deducir el gasto ni acreditar el IVA de ese pago, y tú quedas con un ingreso facturado que no se refleja como cobrado. En una revisión, la diferencia entre lo facturado y lo cobrado es una de las primeras cosas que se miran.

Fuentes

Esta guía es informativa. Para tu caso concreto, consulta a un contador o abogado.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se emite el complemento de pago?

Cada vez que recibes un pago de una factura emitida con método de pago en parcialidades o diferido, a más tardar el quinto día natural del mes siguiente al del pago.

¿Qué pasa si no emito el complemento de pago?

El ingreso no queda amparado y tu cliente no puede deducirlo. Además el SAT puede multar el incumplimiento.

¿El complemento de pago lleva IVA?

Sí. Se desglosa el IVA que corresponde a la parte pagada, con la tasa de la operación original.

¿Cuál es la diferencia entre PPD y PUE?

PUE es pago en una sola exhibición: la factura se emite cuando cobras. PPD es pago en parcialidades o diferido: la factura se emite al vender y el complemento cuando cobras.

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